Hacienda pone fecha a VERI*FACTU: multas de hasta 50.000 € por ejercicio para usar programas de doble uso
Las empresas tendrán que usar software certificado desde el 1 de enero de 2027 y los autónomos desde el 1 de julio. Usar programas de doble uso puede acarrear multas de hasta 50.000 € por ejercicio.

Si facturas por tu cuenta, apunta esta fecha: el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la orden de verifactu, que fija cuándo deben adaptarse empresas y autónomos y contempla sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio para usuarios de programas de doble uso.
Para un negocio, la diferencia se nota al hablar con su proveedor de facturación: una cosa es que el programa registre y conserve correctamente las facturas; otra, que pueda intercambiarlas con otros negocios en el formato y por los canales exigidos. Hay que planificar ambos trabajos por separado, aunque puedan implicar al mismo proveedor.
Las fechas que conviene poner en el calendario
El calendario de VERI*FACTU fija cuándo deben estar adaptados los sistemas informáticos de facturación de los contribuyentes incluidos. El de factura electrónica B2B cuenta desde el 6 de octubre de 2026 y concede uno o dos años según el volumen de operaciones.
| Obligación | A quién afecta | Fecha o plazo |
|---|---|---|
| Sistemas de facturación, RRSIF | Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos | Adaptados antes del 1 de enero de 2027 |
| Sistemas de facturación, RRSIF | Resto de obligados incluidos | Adaptados antes del 1 de julio de 2027 |
| Factura electrónica B2B | Volumen de operaciones superior a 8 millones de euros | 6 de octubre de 2027, según el cómputo de 12 meses |
| Factura electrónica B2B | Resto de empresarios y profesionales incluidos | 6 de octubre de 2028, según el cómputo de 24 meses |
Las fechas B2B son el resultado de sumar los plazos previstos al 6 de octubre de 2026. El umbral se refiere al volumen de operaciones calculado según la Ley del IVA; no equivale automáticamente a cualquier cifra de ventas que aparezca en las cuentas del negocio.
Qué cambia con la Orden HAC/1028/2026
La orden desarrolla aspectos de la solución pública de factura electrónica de la Agencia Tributaria: formatos, contenido y comunicaciones. La norma contempla el estándar europeo EN16931 y la sintaxis UBL, además de formularios y servicios web. En los supuestos regulados, las plataformas que emitan fuera de la solución pública deberán remitirle una copia fiel de la factura en UBL al emitirla.
La solución pública debe estar disponible al menos dos meses antes de su primera aplicación efectiva. La publicación de la orden, por sí sola, no acredita que el servicio ya esté operativo. La norma también contempla referencias a códigos QR de VERI*FACTU o TicketBAI cuando correspondan; esa conexión técnica no convierte los regímenes en una sola obligación.
VERI*FACTU: dos fechas y dos formas de cumplir
El RRSIF es el reglamento que fija los requisitos de los sistemas informáticos de facturación. Según la nota de la Agencia Tributaria sobre la ampliación de plazos, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos deben adaptar sus sistemas antes del 1 de enero de 2027. Para el resto de obligados incluidos, la fecha es el 1 de julio de 2027.
VERI*FACTU es una de las modalidades: el sistema envía los registros de facturación a la Agencia Tributaria. También existe la modalidad NO VERI*FACTU, que debe conservar los registros y cumplir sus propios requisitos de seguridad. Por eso, pedir únicamente un programa «con envío VERI*FACTU» puede no describir las opciones que necesita cada negocio.
Hay excepciones y situaciones particulares, como ciertos contribuyentes que llevan los libros mediante el SII o los ámbitos tributarios forales. Antes de aplicar una fecha al propio negocio hay que comprobar quién factura, qué operaciones realiza y qué sistema utiliza.
Cómo te afecta si eres autónomo o tienes una pyme
La factura electrónica B2B se refiere a operaciones entre empresarios y profesionales dentro del ámbito definido por la norma. No es lo mismo vender a consumidores que facturar a otras empresas. Las facturas simplificadas ordinarias quedan excluidas de esta obligación, con las salvedades previstas para las cualificadas.
Ejemplo: una consultora que factura a otras empresas tendrá que organizar la adaptación de su sistema según su situación y, además, preparar el intercambio B2B para cuando le corresponda. Una tienda que atiende a particulares y a clientes profesionales debería separar esos circuitos antes de contratar una actualización.
Al pedir presupuesto, solicita por escrito qué modalidad del RRSIF ofrece el proveedor, qué incluye la adaptación y cómo se conservarán y exportarán los datos. Pregunta también cómo emitirá y recibirá facturas B2B y si el precio incluye migración, formación y soporte. Así podrás comparar propuestas y evitar que una etiqueta comercial se confunda con una garantía de cumplimiento.
Calcula cuánto puede costar la actualización
El precio depende de las licencias, la puesta en marcha y el trabajo de migrar y formar al equipo. Introduce tus propias cifras para estimar el coste del periodo que estés planificando.
Comprueba si tu negocio está preparado
Antes de hablar con el proveedor, revisa qué sistema usas, quién emite las facturas y si estás incluido en el ámbito del reglamento. Este test interactivo te ayuda a ordenar esas comprobaciones; no sustituye la revisión del caso concreto.
Dos relojes para evitar una factura pendiente
La novedad de octubre activa el calendario de la factura electrónica B2B. Las fechas de VERI*FACTU siguen su propia cuenta atrás: enero de 2027 para las sociedades incluidas y julio para el resto de obligados. Anotar los dos hitos y pedir al proveedor un plan por escrito permite anticipar pruebas, costes y cambios de sistema.
Además, las personas físicas y entidades en atribución de rentas del IRPF con un volumen de operaciones de hasta 8 millones de euros pueden disponer de 12 meses adicionales para informar sobre los estados de las facturas: hasta el 6 de octubre de 2029 según el mismo cómputo. Esa transición no retrasa la obligación de emitir y recibir facturas B2B.
Los gráficos clave de la noticia
Gráfico interactivo · meses desde el hito legal aplicable
Cuántos meses dan los calendarios para prepararse
La Orden entró en vigor el 6 de octubre de 2026; las fechas B2B se calculan desde ese inicio. Los meses hasta los hitos VERI*FACTU son aproximados.
Ver tabla completa de datos
| Periodo / categoría | Meses de plazo o margen |
|---|---|
| Orden HAC/1028/2026 (oct 2026) | 0 |
| VERI*FACTU Sociedades (ene 2027) | 3 |
| VERI*FACTU Autónomos (jul 2027) | 9 |
| Factura B2B >8 M€ (tras reglamento) | 12 |
| Factura B2B <=8 M€ (tras reglamento) | 24 |
Gráfico interactivo · millones de euros o años, según el concepto
Las cifras que fijan el calendario B2B
El umbral se refiere al volumen de operaciones conforme a la Ley del IVA. Los cuatro años de conservación aplican al cambio de proveedor.
Ver tabla completa de datos
| Periodo / categoría | Valor legal o de referencia |
|---|---|
| Umbral facturación anual B2B (millones €) | 8 |
| Años conservación facturas al cambiar proveedor | 4 |
| Plazo adaptación B2B >8 M€ (años) | 1 |
| Plazo adaptación B2B <=8 M€ (años) | 2 |
¿Te afectan las subidas de precios, hipotecas, alquileres o impuestos?
Recibe gratis cada mañana en 3 minutos las 5 noticias económicas del día explicadas sin rodeos y en euros.





